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CARTA DE DON ANDRÉS RIVERA
AL GOBERNADOR
quejándose sobre el nepotismo en las primeras
elecciones
de Corozal de 1803
(Transcrita con los errores
y estilos del
original)
Le invitamos a leer también:
Corozal: los primeros años
SELLO QUARTO, UN QUARTILLO,
AÑOS DE MIL OCHOCIENTOS
DOS
Y OCHOCIENTOS Y TRES.
Sor. Goberor. Yntendte. y Capn. Gral.
[Señor Gobernador Yntendente
y Capitán General
]
Dn. [Don] Andrés de Rivera vecino del nuevo Partido
del Corozal ante V.S. [Vuestra Señoría] con el devido respeto se presenta y dice:
Que quando se trata del bien comun de un
vecindario qualquiera de ésta es parte legítima
para proponer aunque con modestia y representar
to que se oponga á aquél.
Los vecinos del Corozal
confiaron su poder
a dos sugetos que tubiéron
igualmente votos
de su confianza uno Don
Jose de Rivera Ortíz
y otro Don Juan de Ortega
y Torres.
El primero no adelantó
cosa alguna en la
fabrica de la Yglesia,
y aterrándole las
dificultades que ocurrieron
desmayó en medio
de su empresa abandonandola
no con poco disgusto
del vecindario.
El segundo por su actividad
y otros conocimientos
que posee concluyó la fábrica,
la completó
de las alhajas y ornamentos
que faltavan,
de ayuda de Parroquia consiguió
se exigiese
en Parroquia deslindado
su territorio con
aprobación de V.S. y Juez
Eclesiático. Estas
diligencias se deben a
su continua fatiga,
fuera de los gastos que
ha consumido y el
mucho tiempo que ha detraído
á la atención
de su familia.
Dispuestas así las cosas
determinó V.S. establecer
Juez territorial por medio
de elección, comisionando
a Don José Navarro Teniente
á Guerra de la
Vega. La mayor parte de
los votos fué para
Ortega y á oir que había
correspondido mejor
que el primero a los designios
de los vecinos,
y ya porque advertían en
él mas aptitud para
el desempeño de la Tenencia
á Guerra.
Estas justas consideraciones
sirvieron de
emulación á algunos y queriendo
deprimir
el mérito, no faltó quien
hiciése sospechoso
el manejo del comisionado
en la recepcion
de los votos.
Conducido V.S. del recto
fin de aplasar la
parcialidad, y que la elección
se tratase
con la más interferencia
posible, tubo por
conveniente nombrar á Don
Bernardino de Rivera
Teniente á Guerra de Toa-alta
para que asociado
con el de la Vega procediera
[?] ha logrado
como naturalmente estará
V.S. ...exo[?] ocurrió
en la segunda elección.
Basta exponer a V.S. que
Don Bernardino es
sobrino segundo de Don
José de Rivera en
cuyo favor[?] empeñó toda
la fuerza del parentesco,
con cuya pasión se la [?]
notablemente para
que su tío quedase de Teniente
á Guerra,
mas bién por efecto de
artificio que por
voluntario nombramiento
de los vecinos. Con
sin procedimientos suplió
el mucho mérito
que [?] su tío en comparación
del de Ortega,
inclinando á que contra
el conocimiento propio
votasen por el que menos
les há servido é
incomodado, siendo innegables
los hechos
de Ortega como todo caso
aparecerán en los
expedientes. Mas era preciso
se obscureciesen
estos en tan poco tiempo
quando los contra[?]
la facción, la envidia
y el poder. Omite
el exponente referir [?]
cunpariciadamente[?]
las demas operaciones de
Don Bernardino por
que yá las habrá penetrado
de la cuenta dada
por el comisionado Navarro.
El concurso pues de aquel
como sobrino segundo
indujo[?] nulidad en lo
que ha [?], siendo
[?]ible el Comisionado
en no haver representado
á V.S. su impedimento en
intervenir en lo
que decia relación á su
tío siendo digno
de que no se le abone dicta
alguna por tan
malicioso procedimiento.
Como no tubo reparo
en admitir un encargo prohivido
por el parestesco,
también practicó lo mismo
en preparar de
antemano los animos, persuadiéndoles
votaren
en favor de su tío.
Para evitar todo genero
de parcialidad, parece
al exponente medio mas
seguro que la justificación
de V.S. se sirva nombrar
de comisionado para
recivir los votos, ó á
un Caballero Regidor,
Abogado, ó Escribano, quienes
como remotos
de toda relación con aquellos
vecinos tratarán
la elección con mayor indiferencia
y discernimiento,
previniendoles to que V.S.
estime por conveniente
al mejor acierto en su
desempeño: por todo
lo qual A V.S. Suplica
se sirva [?] como
lleva expuesto en lo que
con Justa. [Justicia]
recivirá merced.
Andrés de Rivera
[firma]
______
Fuente: Negrón Hernández, Luis R.: "Catálogo
del Fondo de los Gobernadores Españoles,
serie Municipios, Corozal, 1803-1897".
Documento original en la caja 445 del Archivo
General de Puerto Rico.
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