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Apuntes históricos



LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL EN PUERTO RICO:
desde la Constitución de 1812
a los Cien Mil Hijos de San Luis

Por Luis R. Negrón Hernández

(c) CopyRight - Prohibido copiar, reproducir



Edificio de la Diputación Provincial
Foto del siglo 19: Al centro, el edificio de la Diputación Provincial en una de las esquinas de la Plaza de Armas en el viejo San Juan. La torre es el campanario de la catedral capitalina San Juan Bautista.

LA PRIMERA DIPUTACIÓN

on la Constitución de 1812, Puerto Rico disfrutó en la Diputación Provincial, de un organismo de orden administrativo y de asesoramiento que, aunque con atributos modestos, fue un mecanismo valioso para la expresión local.

La Diputación estaba presidida por el Gobernador (Jefe Superior de la Provincia), y la componía también el intendente Alejandro Ramírez, ambos miembros ex-officio, siete miembros propietarios y tres suplentes, seleccionados mediante un proceso de sufragio indirecto por cinco electores que escogía el Diputado a las Cortes.

La Isla se dividió en cinco partidos eligiendo a: Mateo Belvis y al doctor Francisco Pimentel, regidor del ayuntamiento constitucional de San Juan, quien fue seleccionado para actuar de Secretario Provincial; a los presbíteros Antonio Sánchez y Manuel Pizarro, este último sacristán mayor de la iglesia de San Germán; a Juan Rius, regidor del ayuntamiento constitucional de Arecibo; Andrés de la Rosa, regidor del ayuntamiento constitucional de Aguada, y por Juana Díaz a su regidor Gabriel Collar. El rey, sin embargo, tenía la potestad de suspenderlos, previa notificación de las Cortes para su resolución definitiva.

Se requería, para ser electo diputado, ser ciudadano en pleno disfrute de sus derechos, natural o vecino de la provincia, con residencia de por lo menos siete años, ser mayor de 25 años, y con recursos necesarios para mantenerse económicamente.

Sus funciones serían las de presentar proyectos necesarios para el desarrollo del comercio, la agricultura, la industria y la educación. Además, fiscalizar las cuentas de los ayuntamientos y la inversión de los fondos públicos, determinar los impuestos que los pueblos pagarían, formar los repartos contributivos y organizar nuevos ayuntamientos. También, la Diputación debía deliberar en materias de hacienda, sanidad, iglesia, hospitales de caridad, división de partidos y elecciones, y promover y supervisar la construcción de obras e instituciones públicas.

Medallas de los diputadosEl Gobernador siempre tenía poder para elegir a su presidente y su comisión directiva, la cual era la que desempeñaba las funciones de la Diputación que se reunía sólo dos veces al año. Tenía además facultad para suspender los acuerdos de la Diputación Provincial, por lo que este organismo carecía de autonomía total y estaba subordinada al poder central. Estos grandes poderes del jefe político, y el artículo que le daba potestad para requerir "del comandante militar de ella el auxilio de las fuerzas armadas", provocó' extensos debates, ante el postulado que los militares deberían estar subordinados al poder civil. En Puerto Rico, dada la candente situación en los territorios en revolución contra España, el Gobernador conservó el mando político y militar. Las Cortes podían intervenir en todo asunto local, por lo que la burocracia hacía de la administración colonial una lenta e ineficaz. Pese a esto, el gobernador Salvador Meléndez Bruna se mostró cooperativo con las recomendaciones y acuerdos tomados por la Diputación.


Ilustración a la derecha: Medalla que usaban los diputados.

Las elecciones de los miembros de la Diputación Provincial comenzaron a celebrarse en octubre del 1812, surgiendo prontamente disputas entre los bandos liberal y conservador. El candidato liberal, de San Germán, José María Quiñones, doctor en Derecho de la Universidad de San Domingo y ex-oidor de la Audiencia de Caracas, fue finalmente electo a diputado de las Cortes, el 21 de febrero del 1813. La Diputación Provincial se reunió por primera vez al mes siguiente, e inmediatamente comenzó a ejercer las "Instrucciones para el gobierno económico-político de las provincias" con deberes impuestos a los Ayuntamientos relativos a la salubridad, calidad de los alimentos, atención a las aguas estancadas, limpieza de los pueblos, y establecimiento de un cementerio en cada uno de ellos.

Intendente Alejandro Ramírez Las primeras elecciones que tuvo la Diputación Provincial contaron con alegaciones de irregularidades, especialmente en el caso de San Germán, llegando la consideración de los casos hasta las mismas Cortes españolas. La Comisión de la Constitución, que entendió en los incidentes, aprobó "todas las operaciones" de la Junta Preparatoria, recomendando a la vez que se dividiera la Isla en un numero mayor de partidos. Algunas de las controversias fueron adjudicadas a la competencia de los tribunales ordinarios.


Ilustración a la derecha: El peninsular Alejandro Ramírez.

El intendente Alejandro Ramírez describió así la situación:

Hay pendientes protestas, recursos de nulidad, desde las
primeras elecciones parroquiales anteriores a mi llegada.
Varios incidentes me han dado a conocer que en estos
solemnes actos se ha obrado con exaltación con ardimiento
y con todas las señales de un funesto partido.

La obra de la primera Diputación Provincial estuvo restringida por la crítica estrechez económica del erario público. Había hasta dificultades para satisfacer los fondos para el sueldo del secretario y otros funcionarios de la Diputación. La misión de fomentar obras públicas estuvo por lo tanto limitada a conservar las habidas. Respecto al desarrollo de la agricultura y el comercio, la situación fue algo más satisfactoria, ya que la Isla contó con la estupenda labor del intendente Ramírez, miembro nato de la corporación.

Se declaró el libre disfrute de las tierras; se decretó el libre comercio de los granos y otros productos agrícolas; se impuso el tributo de un real por cabeza de ganado para pagar el sueldo del Secretario de la Diputación; se dejó libre la matanza de ganado vacuno para expendio público; se discutieron recomendaciones de los ayuntamientos acerca del negocio de esclavos y la controversia sobre la esclavitud, así como propuestas para recaudar más dinero para el fondo de la Diputación. Se abrieron foros -con enfoques más moralistas que prácticos- sobre los jornaleros y los vagos. Mas, en general la labor de la Diputación en materia de fomento de la agricultura y el comercio estuvo más inflada de ideas que de acciones.

Edificio de la Diputación en el 2007
Foto reciente del edificio de la antigua Diputación

En cuanto la hacienda pública, que se hallaba prácticamente en bancarrota, las gestiones de la Diputación se concentraron en obtener más contribuciones, buscar soluciones al papel moneda y originar préstamos forzosos. El intendente Ramírez tomó en sus riendas la reforma fiscal, el cual inició tributaciones directas de acuerdo al decreto de las Cortes del 13 de septiembre de 1813. Los impuestos se basarían en un cálculo de las riquezas comerciales, industriales y territoriales del pueblo, provincia e individuos.

La primera Diputación Provincial no tuvo realmente oportunidades por falta de recursos y sobretodo de tiempo. El 4 de mayo de 1814, habiéndose reunido cerca de una docena de veces ese año, el rey Fernando VII emitió una Real Orden desde Valencia derogando el sistema constitucional, a la vez que restablecía el anterior régimen absolutista. Veinte días después otro decreto ordenaba el cese de de las diputaciones provinciales. E1 15 de junio la Diputación fue suspendida.

Durante esta primera diputación, los puertorriqueños no despreciaron la oportunidad que les dio España para ejercitarse, aún como novicios, en el ámbito político. Su gestión fue modesta, pero demostraron rápidamente su integración en los procesos y aspectos de la participación del poder, del que por tantos años habían sido relegados.

LA SEGUNDA DIPUTACIÓN

El 1 de enero de 1820, sin embargo, la suerte recayó de nuevo en los constitucionalistas con la sublevación del general español Rafael del Riego y Núñez, obligando al rey Fernando VII a reconocer de nuevo el 7 de marzo la Constitución de 1812.

Padre Félix VarelaEste segundo periodo constitucional durará poco más de tres años y medio. Nuestro diputado en Cortes José María Quiñones -con los diputados cubanos, el presbítero Félix Varela y Leonardo Santos Suárez- presentó en dicho cuerpo un proyecto en 1823 dirigido a reformar el gobierno de las provincias de Ultramar, frenando la autoridad del Gobernador al expandir las funciones de la Diputación Provincial.


Ilustración: El sacerdote Félix Varela y Morales. Insigne habanero educador, filósofo, patriota, abolicionista. Párroco en Nueva York por 30 años. En 1985 la Santa Sede autorizó al Episcopado de Cuba a iniciar el proceso canónico sobre la santidad del Siervo de Dios, Félix Varela.

Varela defendió el proyecto por creer "indispensable ampliar las facultades de las diputaciones en América, presentándolas como una barrera a la arbitrariedad". El proyecto fue aprobado por las Cortes, confiriéndole poder a la Diputación Provincial para formularle cargos al Gobernador, tener representación directa con el Rey y las Cortes, y formar su propio presupuesto y el de la provincia.

La Diputación Provincial, durante este segundo periodo de 1820-23, se esforzó en lograr la nivelación de la tesorería y de los subsidios. Con la aprobación del proyecto de Quiñones, el 30 de junio de 1822, se facilitó el corregir los viejos defectos de la hacienda pública, y eliminó a los tenientes a guerra y capitanía general, puntales del absolutismo en los municipios.

Como representante de la Constitución en la Isla, la segunda Diputación velará por su observancia, y por la educación de las prácticas políticas del nuevo orden constitucional en todos los niveles administrativos.

Ejerció una gran responsabilidad en la supervisión municipal: revisando las elecciones y nombramientos; la compra, construcción y reconstrucción de propiedades de los municipios; brindándoles asesoramiento sobre pagos de derechos de tierras; repartiendo terrenos baldíos y adquiriendo otros. Impuso arbitrios municipales, fiscalizando sus cuentas y gastos, y tomando censos en los pueblos.

En su corto tiempo, la segunda Diputación Provincial autorizó también la formación de los pueblos de Ciales, Morovis y Aibonito; decretó agregar a Juana Díaz los barrios de Villalba, Collabo y Sabana Llana; mientras que segregó de Bayamón a Comerlo Alto y Bajo. También, se ocupó de dividir la Isla en partidos que aprobó en agosto de 1820, para la asignación de los jueces de letras.

La Gaceta de Puerto Rico La Diputación local también se preocupó por la educación y el problema de la vagancia. Respecto a la primera, examinó a los maestros de primeras letras, y otorgó autorizaciones para enseñar. En octubre de 1820, aprobó el proyecto de Tadeo de Rivera procediendo a imprimirlo para uso de los maestros de primeras letras. Su labor en el área educativa se extendió a la enseñanza superior, y creó las cátedras de filosofía y teología a cargo de don Angel de la Concepción Vásquez. Además, bajo la segunda Diputación se comenzó la enseñanza de física experimental en el convento de San Francisco.


Ilustración: Ejemplar del martes 16 de mayo de 1820 de La Gaceta de Puerto Rico, anunciando la reinstalación del Ayuntamiento Constitucional de 1814.

En cuanto lo que consideraban un problema de vagancia en la Isla, la Diputación Provincial preparó un extenso reglamento al respecto. Hizo también un estudio para reformar el correo terrestre y rindió otros a las Cortes sobre el estado de nuestra economía el 29 de enero de 1821.

Mas, la extrema supeditación de este organismo constitucional a las Cortes, según lo dictaba la Constitución de 1812, hizo muy difícil la deseada descentralización que se anhelaba. La ausencia de una tradición democrática y la inexperiencia política entorpecieron grandemente la gestión de esta segunda diputación.

Muchos de sus miembros mostraron desinterés en sus funciones, notándose frecuentemente sus ausencias en las reuniones, por lo que hubo que recurrir en muchas ocasiones a los suplentes. A la vez, las intervenciones del Gobernador fueron muchas veces inoportunas, Sello de la Capitanía Generalcometiendo violaciones y decisiones ilegítimas que la Diputación aceptaba sumisamente. El gobernador Francisco Linares, por ejemplo, a falta de quórum incorporó a José A. Torralbo, sin consultar a la Diputación, lo que ésta acató sin protesta pese a que Torralbo había sido descalificado anteriormente como miembro. Igualmente, en el 1820-21, en ausencia del Gobernador se le sustituyó por un vocal en vez de por el Intendente, a quien le correspondía. En ocasiones, las ausencias en sus puestos de los mismos intendentes Juan de Guillermety y Luis de Santiago fueron también notables.


Ilustración a la derecha: Sello de la Capitanía General de Puerto Rico.

Los 100 mil hijos de San LuisEsta segunda Diputación Provincial vio su fin tras la invasión militar francesa bajo el rey Luis XVIII a España -cuya expedición absolutista se conoce como la de los Cien Mil Hijos de San Luis-, en connivencia de Fernando VII, el cual derogó la Constitución el 4 de octubre de 1823, regresando la Isla de nuevo al absolutismo monárquico anterior a 1820.

En conclusión, durante este trienio de la segunda Diputación Provincial la inexperiencia en la participación de la cuestión pública, como en el primer periodo, obstaculizó una mejor labor de esta segunda administración constitucional en la Isla. El corto periodo constitucional, no solamente imposibilitó ver los frutos a largo plazo de la gestión administrativa de estas dos diputaciones provinciales, sino que también fue en detrimento del desarrollo de la mentalidad democrática y liberal en nuestro pueblo.


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