ADMISIÓN AL SACERDOCIO Y HOMOSEXUALIDAD
"Instrucción sobre los criterios de discernimiento
vocacional en relación
con las personas de
tendencias homosexuales
antes de su admisión
al seminario y a las Órdenes
Sagradas".
LO QUE DICE EL CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA
(y la Sagrada Escritura)
SOBRE LA CASTIDAD
Y HOMOSEXUALIDAD
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y la homosexualidad |
Uniones homosexuales: consideraciones
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Oración por las vocaciones
DIOS PADRE Y PASTOR
de todos los hombres,
Tú quieres
que no falten hoy
día,
hombres y mujeres de fe,
que consagren sus vidas
al servicio del evangelio
y al cuidado de la Iglesia.
Haz que tu Espíritu Santo
ilumine los corazones,
y fortalezca las voluntades
de tus fieles, para que,
acogiendo tu llamado,
lleguen a ser los Sacerdotes
y Diáconos, Religiosos,
Religiosas y Consagrados
que tu Pueblo necesita.
La cosecha es abundante,
y los operarios pocos.
Envía, Señor,
operarios a tu mies.
Amén.
|
CIUDAD DEL VATICANO, 29 NOV 2005 (VIS).
- Documento fechado el
4 de noviembre, memoria
de San Carlos Borromeo,
patrono de los seminarios,
está firmado por el cardenal
Zenon Grocholewski
y el arzobispo J. Michael
Miller, C.S.B.,
respectivamente prefecto
y secretario de
la Congregación para la
Educación Católica.
El pasado 31 de agosto,
Benedicto XVI aprobó
la instrucción y ordenó
que se publicase.
Ofrecemos a continuación
extractos del documento,
que se ha publicado en
inglés, francés, italiano,
español, alemán y portugués:
INTRODUCCIÓN
"n continuidad con la enseñanza del Concilio Vaticano II
y, en particular, con el
decreto "Optatam
totius" sobre la formación
sacerdotal,
la Congregación para la
Educación Católica
ha publicado diversos documentos
con el fin
de promover la adecuada
formación integral
de los futuros sacerdotes,
ofreciendo orientaciones
y normas precisas acerca
de varios de sus
aspectos. El Sínodo de
los Obispos de 1990
también reflexionó sobre
la formación de
los sacerdotes en las circunstancias
actuales.
(...) Como fruto de este
Sínodo, Juan Pablo
II publicó la Exhortación
apostólica post-
sinodal "Pastores
dabo vobis".
"La presente Instrucción
no pretende
tratar todas las cuestiones
de orden afectivo
o sexual que requieren
atento discernimiento
a lo largo del período
formativo. Contiene
únicamente normas acerca
de una cuestión
particular, que las circunstancias
actuales
han hecho más urgente,
a saber, la admisión
o no al Seminario y a las
Órdenes Sagradas
de candidatos con tendencias
homosexuales
profundamente arraigadas.
1. MADUREZ AFECTIVA Y PATERNIDAD ESPIRITUAL
"Según la constante Tradición de la Iglesia, recibe válidamente la sagrada
Ordenación exclusivamente
el bautizado de
sexo masculino. A
través del sacramento del
Orden (...), el sacerdote
representa sacramentalmente
a Cristo Cabeza,
Pastor y Esposo de la Iglesia.
A causa de esta configuración
con Cristo,
toda la vida del
ministro sagrado debe estar
animada por la entrega
de su persona a la
Iglesia y por una
auténtica caridad pastoral.
"El candidato al ministerio ordenado
debe, por tanto,
alcanzar la madurez afectiva"
que "le capacitará
para situarse en
una relación correcta
con hombres y mujeres,
desarrollando en
él un verdadero sentido
de la paternidad
espiritual en relación con
la comunidad eclesial
que le será confiada". |
|
The Joy of Priesthood
Fr. Stephen J. Rossetti |
2. LA HOMOSEXUALIDAD Y EL MINISTERIO ORDENADO
"El Catecismo de la Iglesia Católica distingue entre los
actos homosexuales y las
tendencias homosexuales.
Respecto a los actos, enseña
que en la Sagrada
Escritura son presentados
como pecados graves.
La Tradición los ha considerado
siempre intrínsecamente
inmorales y contrarios
a ley natural. Por
tanto, no pueden ser aprobados
en ningún
caso".
"Por lo que se refiere
a las tendencias
homosexuales profundamente
arraigadas, que
se encuentran en un cierto
número de hombres
y mujeres, son también
objetivamente desordenadas
y con frecuencia constituyen,
también para
ellos, una prueba. Estas
personas deben ser
acogidas con respeto y
delicadeza; respecto
a ellas se evitará todo
signo de discriminación
injusta".
"A la luz de estas enseñanzas, este Dicasterio, de acuerdo con la Congregación
para el Culto Divino
y la Disciplina de los
Sacramentos, cree
necesario afirmar claramente
que la Iglesia, respetando
profundamente
a las personas en
cuestión, no puede admitir
al Seminario y a
las Órdenes Sagradas a quienes
practican la homosexualidad,
presentan tendencias
homosexuales profundamente
arraigadas o sostienen
la llamada cultura
gay".
"De ningún modo
pueden ignorarse
las
consecuencias negativas
que pueden derivar
de la Ordenación
de personas con tendencias
homosexuales profundamente
arraigadas".
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Priesthood and Diaconate: The Recipient of
the Sacrament of
Holy Orders from the Perspective
of Creation Theology
and Christology
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"Si se tratase, en cambio, de tendencias
homosexuales que fuesen
sólo la expresión
de un problema transitorio,
como, por ejemplo,
el de una adolescencia
todavía no terminada,
éstas deberán ser claramente
superadas al
menos tres años antes de
la Ordenación diaconal".
3. EL DISCERNIMIENTO DE LA IDONEIDAD DE LOS
CANDIDATOS POR PARTE DE
LA IGLESIA
"El solo deseo de llegar a ser sacerdote no es suficiente y no existe un derecho
a recibir la Sagrada Ordenación.
Compete
a la Iglesia, responsable
de establecer los
requisitos necesarios para
la recepción de
los Sacramentos instituidos
por Cristo, discernir
la idoneidad de quien desea
entrar en el
Seminario, acompañarlo
durante los años de
la formación y llamarlo
a las Órdenes Sagradas,
si lo juzga dotado de las
cualidades requeridas".
"La formación del futuro sacerdote debe
integrar, en una
complementariedad esencial,
las cuatro dimensiones
de la formación: humana,
espiritual, intelectual
y pastoral . En este
contexto, es necesario
resaltar la particular
importancia de la
formación humana, base
necesaria de toda
la formación".
"Teniendo presente el parecer de aquellos a los que se ha confiado la
responsabilidad de
la formación, el Obispo
o el Superior Mayor,
antes de admitir al
candidato a la Ordenación,
deben llegar a
formarse un juicio
moralmente cierto sobre
sus aptitudes. En
caso de seria duda a este
respecto, no debe
admitirlo a la Ordenación".
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Christ: The Ideal
of the Priest
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"Es también un grave
deber del rector
y de los demás formadores
del Seminario el
discernimiento de la vocación
y de la madurez
del candidato. Antes de
cada Ordenación,
el rector debe expresar
su juicio sobre las
cualidades requeridas por
la Iglesia".
El director espiritual, "aunque está vinculado por el secreto,
representa a la Iglesia
en el fuero interno.
En los coloquios
con el candidato, debe recordarle
de modo muy particular
las exigencias de
la Iglesia sobre
la castidad sacerdotal y
la madurez afectiva
específica del sacerdote,
así como ayudarlo
a discernir si posee las
cualidades necesarias.
Tiene la obligación
de evaluar todas
las cualidades de la personalidad
y cerciorarse de
que el candidato no presenta
desajustes sexuales
incompatibles con el
sacerdocio.
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Si un candidato practica la homosexualidad o presenta tendencias homosexuales profundamente
arraigadas, su director
espiritual, así como
su confesor, tienen el
deber de disuadirlo,
en conciencia, de proceder
a la Ordenación".
"Ciertamente, el candidato mismo es
el primer responsable de
la propia formación.
(...) Sería gravemente
deshonesto que el
candidato ocultara la propia
homosexualidad
para acceder, a pesar de
todo, a la Ordenación.
Una disposición con tanta
falta de rectitud
no corresponde al espíritu
de verdad, de
lealtad y de disponibilidad
que debe caracterizar
la personalidad de quien
cree que ha sido
llamado a servir a Cristo
y a su Iglesia
en el ministerio sacerdotal".
CONCLUSIÓN
"Esta Congregación reafirma la necesidad de que los Obispos, los Superiores
Mayores y todos los
responsables implicados
realicen un atento
discernimiento sobre la
idoneidad de los
candidatos a las Órdenes
Sagradas, desde su
admisión al Seminario
hasta la Ordenación.
Este discernimiento
debe hacerse a la
luz de un concepto de sacerdocio
ministerial en sintonía
con las enseñanzas
de la Iglesia".
"Los Obispos, las Conferencias Episcopales
y los Superiores
Mayores vigilen para que
las normas de esta
Instrucción sean observadas
fielmente para el
bien de los candidatos
mismos y para garantizar
siempre a la Iglesia
sacerdotes idóneos,
verdaderos pastores según
el corazón de Cristo". |
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The Priest Is Not
His Own
Fulton Sheen |
CIC/SACERDOCIO PERSONAS HOMOSEXUALES/...
VIS 051129 (1100)
LO QUE DICE EL CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA
(y la Sagrada Escritura)
SOBRE LA CASTIDAD
Y HOMOSEXUALIDAD
2357 "La homosexualidad designa las relaciones entre hombres o mujeres que
experimentan una
atracción sexual, exclusiva
o predominante, hacia
personas del mismo
sexo. Reviste formas muy variadas a través de los
siglos y las culturas.
Su origen psíquico
permanece en gran
medida inexplicado. Apoyándose
en la Sagrada Escritura
que los presenta
como depravaciones
graves (cf Gn 19, 1-29;
Rm 1, 24-27; 1 Co
6, 10; 1 Tm 1, 10), la
Tradición ha declarado
siempre que ‘los actos
homosexuales son
intrínsecamente desordenados’
(CDF, decl. “Persona
humana” 8). |
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Nuevo Catecismo
de la Iglesia Católica
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Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad
afectiva y sexual. No pueden
recibir aprobación
en ningún caso".
2358 "Un número apreciable de hombres y mujeres presentan tendencias homosexuales instintivas.
No eligen su condición
homosexual; ésta constituye
para la mayoría de ellos
una auténtica prueba.
Deben ser acogidos con respeto, compasión
y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo
de discriminación injusta.
Estas personas
están llamadas a realizar
la voluntad de
Dios en su vida, y, si
son cristianas, a
unir al sacrificio de la
cruz del Señor las
dificultades que pueden
encontrar a causa
de su condición".
2359 "Las personas homosexuales están llamadas a la castidad. Mediante virtudes de dominio de sí mismo
que eduquen la libertad
interior, y a veces
mediante el apoyo de una
amistad desinteresada,
de la oración y la gracia
sacramental, pueden
y deben acercarse gradual
y resueltamente
a la perfección cristiana.”
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